miércoles, 4 de noviembre de 2009

Creer o no creer, un derecho fundamental

Leo hoy en el diario Público que el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo emitió ayer una sentencia que sienta precedente en todos los países europeos que firmaron la Convención de Derechos Humanos (España incluida, ¡toma ya!) en relación al caso expuesto por una ciudadana de Italia, país en el que si que será vinculante su jurisprudencia. La sentencia dictamina que "la exposición obligatoria de un símbolo de una confesión concreta en el ejercicio de la función pública en particular, en las salas de clase, restringe el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones, así como el derecho de los niños a creer o no creer"; recordemos que en Italia la exposición de crucifijos en las aulas públicas, hasta hoy, era obligatoria, a pesar de que, como en España, su constitución define al estado como aconfesional, es decir laico. " En resumen: Que a partir de la de ya, todos los crucifijos fuera de las aulas públicas italianas.


Por su parte, el gobierno español declaró que tomara en cuenta la sentencia de Estrasburgo en la confección de la nueva Ley de Libertad Religiosa que comenzará a tramitarse a principios del 2010.


Y ¿cómo no?, los chicos de Don Joseph Ratzinger ya hicieron su rabieta declarando cosas como "Esta Europa del tercer milenio nos deja sólo las calabazas de las fiestas recientemente repetidas antes del uno de noviembre y nos quita los símbolos más queridos" o "Ahora tenemos que intentar con todas las fuerzas conservar los símbolos de nuestra fe para quien cree y para quien no cree".


Estas súper elaboradas e inteligentísimas declaraciones son casi esperadas ya que sabemos perfectamente lo rancios y retrogradas son los que hoy por hoy guían los destinos de la Iglesia Católica, así les va últimamente; lo que si es inquietante es que, en pleno siglo XXI, en la Europa unida, aun nos estemos cuestionando la legalidad o la constitucionalidad de quitar una cruz de un aula pública, que dicho sea de paso, se paga con los impuestos de TODOS los ciudadanos, católicos, musulmanes, judíos o ateos. El Estado, según la Constitución Española, tiene la obligación de garantizar “el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones” (Art. 27.3) ya que la educación, según esa misma Constitución que tantos y tantos citan y dicen defender, “tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.” (Art.27.2); y uno de esas libertades fundamentales es la Libertad Religiosa, es decir, creer en lo que me de la gana o simplemente no creer.

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